Pocas normas andorranas se citan tanto de oído como la limitación para cambiar de sector. En reuniones de recursos humanos se dan por buenos plazos que nadie ha comprobado, y de ahí salen decisiones de contratación caras de deshacer. Vamos a separar con el texto delante lo que dice la ley vigente, lo que se ha anunciado con la òmnibus 2 y qué implica cada cosa para tu empresa.
Una cifra que circula sin matices
Entre empresas andorranas se ha extendido la idea de que la llei òmnibus 2 impone cinco años durante los cuales un trabajador extranjero no puede cambiar de sector de actividad. Aparece en conversaciones de recursos humanos y en decisiones de contratación reales.
Lo hemos verificado en el texto consolidado vigente, y es falso. El plazo sigue siendo un año.
Lo dice el artículo 28.2 de la Llei 9/2012 de inmigración: "Durant el primer any, el titular de l'autorització ha de mantenir les condicions en mèrits de les quals se li ha atorgat l'autorització i no pot canviar del sector econòmic per al qual ha demanat i obtingut l'autorització, ni treballar per compte propi". El artículo 67.c conecta el incumplimiento con la denegación de la renovación, y el 73.d con la anulación de la autorización.
La Llei 2/2026 no toca ninguno de esos tres artículos. Y en todo el texto vigente no hay una sola mención a cinco años ligada al cambio de sector.
Un apunte de precisión, porque lo verás mal citado en todas partes: la "Llei qualificada d'immigració" del 2002, cuyo artículo 29 se cita tanto, está derogada desde 2012. La norma vigente es la Llei 9/2012 y la numeración es distinta.
De dónde sale entonces lo de los cinco años
De un cambio real, pero que es otra cosa.
La òmnibus 2 sí reescribió el artículo 73.e, y ahí sí hay un salto de la segunda a la tercera renovación, que en la práctica son cinco años. Pero no habla de cambiar de sector: habla de mantener las condiciones de alta especialización y salario que justificaron una autorización concedida por la vía excepcional del artículo 41. Quien deja de cumplirlas antes de la tercera renovación se expone a la anulación.
Como cambiar de puesto suele hacer perder esas condiciones, el atajo mental se entiende. Pero no es lo mismo, y para una contratación la diferencia es enorme.
El origen del malentendido es el comunicado del Govern de octubre de 2025, que describía el proyecto de ley y sí hablaba de prohibir el cambio de sector hasta la tercera renovación. El proyecto cambió en trámite parlamentario. Ese mismo comunicado anunciaba 800.000 euros de inversión para la residencia pasiva, y la ley aprobada acabó fijando un millón.
Qué significa para tu empresa
Con un año, la restricción funciona como período de estabilización: evita que una autorización concedida para cubrir una necesidad concreta se use de inmediato como puerta de entrada a otro sector. Pasado ese año, la persona puede cambiar.
Eso amplía tu campo de candidatos frente a lo que mucha gente cree. Si descartaste a alguien porque "le faltaban años", revísalo.
Lo que sí conviene mirar con lupa es si su autorización vino por la vía del artículo 41, la de alta especialización, porque entonces el requisito de mantener especialización y salario le acompaña hasta la tercera renovación.
Antes de hacer una oferta a alguien que ya trabaja en Andorra, pregunta en qué sector consta su autorización y desde cuándo. No es una pregunta indiscreta, es la que determina si la contratación es viable. Descubrirlo después de firmar significa que la renovación puede denegarse, y el problema es de los dos.
A quién afecta
La restricción se aplica a los titulares de autorización de residència i treball, es decir, trabajadores extranjeros con autorización que vincula residencia y actividad laboral. No aparece asociada a las autorizaciones temporales de trabajadores de empresas extranjeras en misión corta.
Sobre las excepciones, la normativa contempla supuestos de trabajadores contratados por empresas extranjeras en misión temporal, y se ha mencionado la posibilidad de reubicación por causas justificadas. El procedimiento concreto para solicitar un cambio de sector antes de cumplir el plazo no está documentado públicamente con detalle, así que en un caso real hay que preguntarlo directamente.
Las consecuencias de saltárselo
Para el trabajador, están claras en la ley: cambiar de sector dentro del período restringido es causa de denegación de la renovación de la autorización, y puede llevar a su anulación. En términos prácticos, es perder el estatus legal de residencia y trabajo.
Para la empresa que contrata, no hemos localizado sanciones específicas en los textos consultados. Lo cual no significa que contratar sea inocuo: significa que el coste recae en forma de una incorporación que se cae cuando llega la renovación, con la formación y el tiempo ya invertidos.
Qué debería controlar tu sistema de personal
Este es uno de esos requisitos que nadie recuerda hasta que alguien se marcha o llega una renovación. Lo razonable es que el sistema lo sepa:
- Sector de la autorización de cada persona, como campo estructurado y no como comentario
- Fecha de la primera autorización y número de renovaciones acumuladas, que es lo que marca el plazo
- Fecha de vencimiento con aviso anticipado, porque la renovación es donde se revisa todo
- Alerta en el proceso de selección: si un candidato aporta una autorización de otro sector, el sistema debería avisar antes de la oferta, no después
- Histórico documental de las autorizaciones aportadas, con su fecha
Es la misma lógica que aplicamos en la contratación en origen, donde la documentación del proceso vale tanto como el propio proceso. Y encaja en el ERP o CRM que ya gestiona tu plantilla, sin necesidad de una herramienta aparte.
Si tienes plantilla extranjera, monta una revisión anual sencilla: sector de la autorización frente a puesto real desempeñado. Las discrepancias suelen aparecer sin mala fe, por promociones internas o cambios de departamento que nadie relacionó con inmigración. Detectarlas con doce meses de margen permite arreglarlas; detectarlas en la renovación, no.
Lo que hay que retener
La ley vigente fija un año de restricción para cambiar de sector, con la denegación de renovación como consecuencia. La extensión a cinco años se ha planteado en el marco de la òmnibus 2, pero el artículo concreto no está verificado en fuente primaria. Y en ambos escenarios, la información que necesitas es la misma: qué sector consta en la autorización de cada persona y desde cuándo.
Antes de una decisión relevante, la consulta al Servei d'Immigració cuesta una llamada. Publicamos este artículo con la distinción entre lo verificado y lo anunciado precisamente para que puedas hacer esa llamada con la pregunta correcta.
Si tienes plantilla extranjera y el sector de cada autorización vive en una fotocopia dentro de una carpeta, la discrepancia aparecerá en la renovación, cuando ya no se puede arreglar. Como campo del sistema, con aviso en el proceso de selección, se detecta antes de hacer la oferta. Es parte de lo que montamos para gestorías y empresas con plantilla internacional. Escríbenos.